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PCByFT

¿Quieres cumplir con las normativas relacionadas a la Prevención del Blanqueo de Capitales y la Financiación del Terrorismo? En GRUPO SAPIENTIAM nos aseguramos de que tu negocio cumpla con la legislación y se posicione como líder en responsabilidad y seguridad corporativa. Contacta con nosotros hoy y da el primer paso hacia una gestión integral y eficiente de tus necesidades en materia de PCByFT

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Evite sanciones y multas cumpliendo la normativa obligatoria de la Prevención del Blanqueo de Capitales y contra la Financiación del Terrorismo (PBCyFT).
Si su empresa es sujeto obligado, tiene la obligación de implementar las medidas que se indican en la ley.
Con nuestro servicio integral de PBCyFT cumplirá con la normativa obligatoria, y le ayudaremos a que pueda evitar que utilicen su empresa en operaciones de blanqueo de capitales.

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Expertos en Prevención del Blanqueo de Capitales y contra la Financiación del Terrorismo

Somos conscientes de la importancia de la prevención y el control en el ámbito financiero para cumplir con la normativa. Nuestro equipo de expertos ofrece soluciones especializadas en Prevención del Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo (PCByFT), asegurando que tu negocio cumpla con las leyes correspondientes y fortalezca su sistema de seguridad financiera.

Servicio integral de PBCyFT para empresas al mejor precio

La prevención del Blanqueo de Capitales y la Financiación del Terrorismo (PBCyFT) es un aspecto crucial que requiere una gestión detallada y proactiva. Por eso, ofrecemos un servicio integral diseñado para abordar cada faceta de este desafío.

Análisis de situación actual

Nuestro primer paso es realizar un exhaustivo análisis de la situación actual de tu empresa en términos de PCByFT. Evaluamos tus procedimientos, políticas y controles internos para identificar posibles vulnerabilidades o áreas de mejora. Este análisis detallado nos permite establecer un punto de partida claro para desarrollar estrategias de mitigación efectivas y personalizadas.

Medidas de control internas

Desarrollamos e implementamos medidas de control internas robustas, diseñadas específicamente para tu empresa. Estas medidas incluyen políticas, procedimientos y herramientas para detectar, prevenir y gestionar los riesgos asociados al blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. Nuestro objetivo es asegurar que tu negocio opere dentro de un marco seguro y conforme a la normativa vigente.

Inscripción ante el SEPBLAC

La inscripción y comunicación con el SEPBLAC son pasos críticos para asegurar el cumplimiento normativo. Nos encargamos de todo el proceso, desde la preparación de la documentación necesaria hasta el seguimiento de las comunicaciones con el organismo. Este servicio asegura que tu empresa no solo cumpla con las obligaciones de registro sino que también mantenga una relación transparente y fluida con las autoridades reguladoras.

Formación para empleados

La formación continua de los empleados es clave en la prevención del PCByFT. Ofrecemos programas de formación personalizados, enfocados en educar a tu equipo sobre las leyes, regulaciones y procedimientos necesarios para identificar y manejar actividades sospechosas. De esta forma podrás fomentar la cultura de cumplimiento en tu empresa, a la vez que evitas cuantiosas sanciones.

Manual de Prevención de Blanqueo de Capitales

Creamos un Manual de Prevención de Blanqueo de Capitales a medida, que sirve como una herramienta esencial para tu empresa. Este documento detalla las políticas, procedimientos y medidas de control que tu organización debe seguir para cumplir con la legislación vigente y protegerse eficazmente contra delitos relacionados con el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.

Supervisión periódica

El entorno normativo y las amenazas en el ámbito del PBCyFT están en constante evolución. Por ello, ofrecemos servicios de supervisión periódica para asegurar que las medidas implementadas se mantengan efectivas y actualizadas. Esta supervisión proactiva es crucial para adaptar tu programa de PBCyFT a los cambios legales, de mercado o de riesgo, garantizando que tu empresa continúe operando de manera segura y conforme a la ley.

Razones para contratar este servicio de Prevención del Blanqueo de Capitales

Optar por un servicio especializado en PCByFT es una decisión estratégica que va más allá del cumplimiento normativo. Integrar medidas sólidas de Prevención del Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo no solo protege tu negocio de riesgos legales y financieros sino que también evita que incurras en multas y sanciones.

Obligatoriedad

El cumplimiento de la Ley 10/2010 es una necesidad legal que, si se ignora, puede acarrear graves consecuencias. Nuestro servicio no solo garantiza que tu empresa cumpla con todos los aspectos de esta normativa, sino que también te proporciona la tranquilidad de saber que estás operando dentro del marco legal. Esto es vital no solo para evitar sanciones sino también para mantener la integridad y la confianza de tus clientes y socios.

Resolución de denuncias o reclamaciones

Enfrentar denuncias o reclamaciones puede ser un proceso desafiante y perjudicial para cualquier negocio. Nuestro servicio de PCByFT está diseñado para minimizar estos riesgos mediante un sistema proactivo que identifica y gestiona posibles amenazas antes de que escalen. Al contar con un mecanismo sólido y eficiente, tu empresa puede abordar rápidamente cualquier preocupación, protegiendo así su reputación y operaciones.

Condiciones de trabajo adecuadas

Un ambiente de trabajo seguro y regulado es fundamental para el rendimiento y la satisfacción de tus empleados. Implementar un sistema de PCByFT eficaz demuestra tu compromiso con un entorno laboral ético y profesional. Esto no solo mejora la moral interna sino que también refuerza la imagen de tu empresa como un lugar seguro y responsable para trabajar, atrayendo y reteniendo talento de calidad.

Elaboración de documentación

La documentación precisa y actualizada es esencial en el cumplimiento de las normativas de PCByFT. Nuestro equipo se especializa en la creación, revisión y mantenimiento de toda la documentación necesaria, asegurando que tu empresa no solo cumpla con las leyes vigentes sino que también esté preparada para cualquier revisión o inspección. Este enfoque meticuloso elimina vulnerabilidades y refuerza la estructura de gobierno corporativo de tu empresa.

Prevención de operaciones ilícitas

Evitar la implicación en actividades ilícitas es primordial para la seguridad y la estabilidad de tu negocio. Nuestro enfoque preventivo en PCByFT no solo detecta actividades sospechosas sino que también implementa medidas para evitarlas. Esta proactividad es esencial para proteger los activos de tu empresa, mantener la confianza de los clientes y asegurar relaciones comerciales sostenibles y éticas.

Sanciones económicas

Las consecuencias de no cumplir con las normativas de PCByFT pueden ser devastadoras, incluyendo severas sanciones económicas. Invertir en nuestro servicio especializado es una medida proactiva que protege a tu empresa de multas potencialmente exorbitantes y de daños reputacionales irreparables. Al asegurarte de que tu empresa cumpla consistentemente con la ley, evitas riesgos financieros innecesarios y fortaleces la posición de tu negocio en el mercado.

Conoce nuestras medidas en materia de PCByFT

En GRUPO SAPIENTIAM estamos comprometidos con la excelencia y la integridad en todos nuestros servicios de Prevención del Blanqueo de Capitales y contra la Financiación del Terrorismo. Contáctanos hoy a través de nuestro formulario de contacto o llamándonos directamente, y descubre cómo podemos ayudarte a fortalecer la seguridad financiera y la reputación de tu empresa. Nuestro equipo está listo para brindarte un servicio personalizado y efectivo, asegurando que tu negocio esté protegido y en conformidad con la legislación vigente, todo ello a un precio imbatible.

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PREVENCIÓN DEL BLANQUEO CAPITALES Y CONTRA LA FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO

 

Nuestra gestión consiste principalmente en:

  • Análisis de situación actual
  • Confeccionar medidas de control internas para la actividad de su empresa
  • Inscripción ante el SEPBLAC del Sujeto Obligado
  • Formar a sus trabajadores en los procedimientos a realizar
  • Manual de Prevención de Blanqueo de Capitales
  • Cumplir con el requisito de supervisión periódica a través de Experto Externo.

Normativa Nacional

 

  • Real Decreto-Ley 11/2018, con el objetivo de subsanar las deficiencias en la transposición de la IV Directiva Europea sobre blanqueo de capitales. 
  • Real Decreto 304/2014 de 5 de mayo, de desarrollo del reglamento de la Ley 10/2010 de 28 de abril, de PBCyFT.
  • Ley 10/2010, 28 de abril, de prevención blanqueo de capitales y financiación del terrorismo.
  • Orden Ministerial EAH/1439/2006, de 3 de mayo, reguladora de la declaración de movimientos de medios de pago en el ámbito de la prevención de blanqueo de capitales.
  • Real Decreto 54/2005 de 21 de enero de 2005 que modifica el Real Decreto 925/1995, de 9 de junio, que desarrolla reglamentariamente las obligaciones descritas en la Ley 19/1993.
  • Ley 19/2003, 4 de julio, sobre movimientos capitales y transacciones económicas con exterior.
  • Ley 12/2003, 21 de mayo, de bloqueo de la financiación del terrorismo.
  • Ley 10/1995 de 23 de Noviembre, de aprobación en el código Penal y tipifica el delito de blanqueo de capitales procedente de la comisión de delitos graves
  • Ley 19/1993 de 28 de Diciembre, sobre medidas de prevención de blanqueo de capitales, modificada por la Ley 19/2003 de 4 de Julio.
  • Ley 40/1979, 10 de diciembre, sobre Régimen jurídico de Control de Cambios.
  • Real Decreto 413/2015, 29 de mayo, Reglamento Comisión Vigilancia de Financiación del Terrorismo.
  • Real Decreto 304/2014, 5 de mayo, Reglamento de Ley 10/2010, de prevención blanqueo Capitales.
  • Real Decreto 1816/1991, 20 de diciembre, sobre Transacciones Económicas con el Exterior.
  • Real Decreto 1080/1991, 5 de julio, por el que se determinan los Países o Territorios a que se refieren los artículos 2, apartado 3, número 4, de la Ley 17/1991, de 27 de mayo, de Medidas Fiscales Urgentes, y 62 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991.

Normativa Comunitaria

 

  • Directiva (UE) 2018/843 del Parlamento Europeo y del Consejo, 30 de mayo de 2018, modifica la Directiva (UE) 2015/849 relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para la PBCyFT, y por la que se modifican las Directivas 2009/138/CE y 2013/36/UE.
  • Directiva (UE) 2017/541 del Parlamento Europeo y del Consejo, 15 de marzo de 2017, lucha contra el terrorismo y por la que se sustituye la Decisión marco 2002/475/JAI del Consejo y se modifica la Decisión 2005/671/JAI del Consejo.
  • Directiva (UE) 2015/849 del Parlamento Europeo y del Consejo, 20 de mayo de 2015, prevención de la utilización del sistema financiero para la PBCyFT, y por la que se modifica el Reglamento (UE) nº 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, y se derogan la Directiva 2005/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y la Directiva 2006/70/CE de la Comisión.
  • Reglamento Delegado (UE) 2019/758 de la Comisión, 31 de enero de 2019, completa la Directiva (UE) 2015/849 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas técnicas de regulación sobre las medidas mínimas y el tipo de medidas adicionales que han de adoptar las entidades de crédito y financieras para atenuar el riesgo de BCyFT en determinados terceros países.
  • Reglamento Delegado (UE) 2018/1108 de la Comisión, 7 de mayo de 2018, completa la Directiva (UE) 2015/849 del Parlamento Europeo y del Consejo con normas técnicas de regulación de los criterios para la designación de puntos de contacto centrales para los emisores de dinero electrónico y los proveedores de servicios de pago y con normas sobre sus funciones.
  • Reglamento Delegado (UE) 2018/212 de la Comisión, 13 de diciembre de 2017, modifica el Reglamento Delegado (UE) 2016/1675 por el que se completa la Directiva (UE) 2015/849 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a la adición de Sri Lanka, Trinidad y Tobago y Túnez en el cuadro que figura en el punto I del anexo.
  • Reglamento Delegado (UE) 2018/105 de la Comisión, 27 de octubre de 2017, modifica el Reglamento Delegado (UE) 2016/1675 con el fin de incorporar a Etiopía en la lista de terceros países alto riesgo.
  • Reglamento Delegado (UE) 2016/1675 de la Comisión, 14 de julio de 2016, completa la Directiva (UE) 2015/849 del Parlamento Europeo y del Consejo identificando terceros países alto riesgo.
  • Reglamento (UE) 2015/847 del Parlamento Europeo y del Consejo 20 mayo de 2015, relativo a la información de transferencias de fondos y deroga el Reglamento (CE) nº 1781/2006.
NECESIDAD DE DISPONER DEL SERVICIO DEL PREVENCIÓN DEL BLANQUEO CAPITALES

 

Las principales razones para disponer del servicio son:

  • Obligatorio por Ley: Los sujetos obligados del artículo 2 de la Ley 10/2010 están obligados a cumplir dicha normativa.
  • Promover las adecuadas condiciones de trabajo: Las empresas deben evitar ser utilizados en operaciones de blanqueo de capitales o de financiación del terrorismo y arbitrar procedimientos específicos para su prevención. Para ello también es conveniente campañas informativas o acciones formativas de apoyo.
  • Resolver denuncias o reclamaciones: Las empresas darán su cauce correcto a las denuncias, reclamaciones o a las operaciones sospechosas. 
  • Elaborar documentación: Las empresas elaborará los procedimientos necesarios, así como la formación a sus empleados para buenas prácticas.
  • Evitar las operaciones ilícitas: El manual es una herramienta esencial para concienciar y prevenir las operaciones de blanqueo o de financiación del terrorismo.
Sanciones Económicas:

El incumplimiento puede conllevar sanciones importantes:

  • El régimen sancionar puede ir hasta los 60.000 euros, en una por infracción leve al no cumplir los requisitos de la implantación de la ley. Pudiendo llegar a más de 1.500.000 euros en los casos más extraordinarios.

OBLIGACIONES A EMPRESAS: 

 

  1. Diligencia debida con clientes. Procedimientos: identificar, conocer, seguimiento, evaluar riesgos, etc 
  2. Examen de cualquier operación que pueda ser de dudosa procedencia. 
  3. Comunicación al SEPBLAC de cualquier indicio de operación procedente del blanqueo. 
  4. Conservación de documentación. 
  5. Colaboración con el SEPBLAC 
  6. Abstención de realización de cualquier operación sospechosa. 
  7. Establecer Órgano de control interno y de comunicación que vele por el cumplimiento de la Ley. 
  8. Formación continua de todos los empleados del despacho. 
  9. Auditoria Interna y Experto externo. 
  10. Aprobar y redactar un manual actualizado y adecuado a la ley (art. 26.3).

PARA QUE CUMPLA CON LA LEY DE FORMA MÁS CÓMODA Y SENCILLA

 

  1. Ayudamos a Redactar el manual en función de actividades, representantes y reglamentación. 
  2. Ayudamos en la Auditoria Interna, y si lo necesita aportamos presupuesto de Experto Externo. 
  3. Proporcionamos formación personalizada a su actividad y puestos de trabajo. 
  4. Le ayudamos a establecer el Órgano de Control para evitar que le utilicen en blanqueos. 
  5. Se le facilita la forma de actuar en caso de detectar cualquier operación sospechosa. 
  6. Se le indicará la forma de proceder ante el SEPBLAC para colaborar con ellos si lo requiere. 
  7. Se le facilitará la forma de proceder con los documentos y ficheros que debe reunir. 
  8. Se le asesorará en la forma de comunicarse con el SEPBLAC en caso de requerir de ello. 
  9. Se le orientará de cuáles son las operaciones de posible blanqueo para detectarlas y evitarlas. 
  10. Se le expondrá los protocolos y procedimientos por escrito conforme a ley 10/2010 PBCyFT
SAPIENTIAM para poder ofrecerle otros nuevos productos, servicios y descuentos necesita su consentimiento y autorización expresa, para ello, la EMPRESA interesada debe marcar la casilla SI, de lo contrario sólo nos limitaremos a prestarle el servicio contratado